25º Aniversario de la Ley del Ejercicio de la Abogacía de la provincia del Chubut

COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS
Circunscripción Judicial Esquel
COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS
Circunscripción Judicial Esquel
COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS
Circunscripción Judicial Esquel

Ley XIII Nro: 11

LEY XIII – Nº 11 (Antes Ley 4558)

Ejercicio de la abogacía. Colegio Público de Abogados.
LEY DE COLEGIACIÓN PÚBLICA

TÍTULO I
DE LOS ABOGADOS.

CAPÍTULO I
REQUISITOS PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL.

Artículo 1º.– El ejercicio de la profesión de abogado en la Provincia del Chubut se regirá por las prescripciones de la presente ley y sus Anexos, y subsidiariamente, por las normas de los códigos de procedimientos y demás leyes que no resulten derogadas por ésta.

La protección de la libertad y dignidad de la profesión de abogado forma parte de las finalidades de esta ley y ninguna de sus disposiciones podrán entenderse en un sentido que las menoscabe o restrinja.

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